Fecha de publicación:
Jueves, 09 de noviembre de 2017

La Corte ordena a ACUMAR brindar información sobre saneamiento de basurales y limpieza de márgenes, asentamientos precarios, expansión de red de agua potable y cloacas y plan sanitario de emergencia

La Corte dispuso que a los efectos del seguimiento de la ejecución del Plan Integral de Saneamiento Ambiental, resulta imprescindible que la ACUMAR (Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo) adecue sus informes a la siguiente clasificación: I.- Adopción de un sistema de medición. II.- Información pública.- III.- Contaminación de origen industrial. IV.- Saneamiento de basurales.- V.- Limpieza de márgenes de ríos. VI.- Expansión de la red de agua potable. VII.- Desagües pluviales- VIII.- Saneamiento cloacal. IX.- Plan Sanitario de Emergencia. Asimismo, el Tribunal ordenó a la ACUMAR, que en el plazo de 30 días, presente información específica sobre los siguientes aspectos:

a) Saneamiento de basurales y limpieza de márgenes: la ACUMAR no ha informado respecto de la presencia de basurales a cielo abierto; sobre la gestión integral de residuos sólidos; ni de la necesidad señalada de armonizar el trabajo en materia de recolección de residuos entre la Autoridad de Cuenca y los municipios de la Provincia de Buenos Aires.

b) Expansión de la red de agua potable y cloacas: no surge información sobre obras desvinculadas del Plan Maestro de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA), especialmente sobre las obras financiadas por ENHOSA, tales como el Colector Cloacas Claypole en el Partido de Almirante Brown.

c) Relocalización de villas y asentamientos precarios: tampoco ha informado la ACUMAR sobre el cumplimiento del Convenio Marco del Programa de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios celebrado en el mes de septiembre de 2010; sobre la liberación del camino de sirga a la altura de las villas 21-24 y 26, ni sobre las demoras en el proceso de relocalización de los habitantes de Villa Inflamable.

d) Plan Sanitario de Emergencia: no se ha informado en forma detallada la cantidad y distribución geográfica de las personas que sufren alguna enfermedad vinculada con la contaminación y cuántas de ellas están en seguimiento, especificando el número de niños menores de seis (6) años. Tampoco se indicó el destino que se le dará a las unidades sanitarias móviles, ni la fecha de comienzo de atención del Hospital de Cañuelas.