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    Se reanudó el juicio oral por la explosión en la Fábrica Militar de Río Tercero

    El Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba escuchó este martes la declaración de dos testigos. Son juzgados cuatro imputados. Es en el marco de la investigación por los hechos ocurridos en 1995 en aquella ciudad. El debate sigue este miércoles

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Córdoba reanudó este martes el juicio oral por la explosión en la Fábrica Militar de Río Tercero, ocurrida en 1995 en aquella provincia.

    Los jueces Carlos Julio Lascano, José Pérez Villalobo y Mario Eugenio Garzón escucharon la declaración testimonial de dos peritos.

    En primer lugar declaró el perito químico ingeniero Enrique Aníbal Mahle, ofrecido por la defensa, quien participó en dos reconocimientos del lugar de los hechos, en la pericia llevada adelante en Serrezuela y realizó un análisis técnico de los informes presentados por los peritos oficiales.

    Mahler aseguró que las pruebas que se hicieron para tratar de reproducir lo que ocurrió en la Fábrica Militar de Río Tercero no tuvieron rigor científico ya que no se tuvo desde un principio una buena definición de los materiales que había en la primera explosión.

    “Hay diferencia entre posibilidad, probabilidad y certeza. Es posible que lo que hicimos reprodujera lo que ocurrió pero no es probable ni mucho menos certero.”

    En segundo lugar, declaró Juan Pablo Di Pinto, perito contable de la defensa.

    El juicio continuará este miércoles, a las 9, con la declaración de cuatro testigos, el perito químico de la querella, Carlos Navarro y tres empleados de la Fábrica Militar de Río Tercero.

    En el proceso son juzgados Carlos Jorge Franke, Edberto González de la Vega, Jorge Antonio Cornejo Torino y Daniel Marcelo Gatto (todos funcionarios de la Dirección General de Fabricaciones Militares), por el delito de estrago doloso.


    El hecho atribuido

    De acuerdo al auto de elevación a juicio, el hecho atribuido “consistió en haber provocado el día 03/11/95, a las 08:55 horas aproximadamente, por intermedio de persona o personas cuya identidad a la fecha aún se desconoce, de manera intencional, programada y organizada, el incendio de un tambor que contenía en su interior mazarota de trotyl o trotyl de descarga, ubicado en un tinglado existente en la Planta de Carga de la FMRT (cercano al edificio 1-2), ignición que luego de haberse extendido repentinamente al resto de los tambores estibados en el lugar y con gran desarrollo de sus llamas, fue seguido a pocos minutos de dos explosiones simultáneas ocurridas en el mismo tinglado, obteniendo como resultado de dicho accionar el direccionamiento de la onda expansiva. Asimismo, habiendo transcurrido unos minutos de ese primer estallido y con idéntica modalidad (intencional, programada y organizada), se provocó por intermedio de persona o personas cuya identidad a la fecha aún se desconoce, otra explosión de mayor magnitud que las anteriores, la que tuviera lugar en los depósitos de Expedición y Suministro situados hacía el sector sur de la Planta de Carga, los que en su interior contenían una gran cantidad de explosivos, municiones y proyectiles, detonación ésta que generó una gran onda expansiva que dispersó de manera violenta tales proyectiles y esquirlas sobre la población de Río III, afectando con mayor intensidad al barrio Las Violetas, como también otros ubicados en las inmediaciones de la Fábrica Militar siniestrada. Todo ello se habría efectuado con el objeto de ocultar un faltante de proyectiles, municiones y/o explosivos, cuya existencia, de acuerdo a la pericia contable efectuada en autos, en base al último balance realizado del día 31-10-95, ascendía a las 72.405 piezas de artillería (proyectiles, y/o cartuchos y/o tiros completos) en tanto que de acuerdo a la documentación aportada por las autoridades de la fábrica, era de 58.422 unidades (49.948 proyectiles y 8.474 cartuchos), lo que evidencia una grave irregularidad y/o imprecisión contable adrede (…) Como consecuencias de los hechos, perdieron la vida de manera directa y/o indirecta Aldo Vicente AGUIRRE, Leonardo Mario SOLLEVELD, Romina Marcela Susana TORRES, Laura Andrea MUÑOZ y Hoder Francisco DALMASSO, el mismo día 3 de noviembre de 1995, mientras que José Andrés VÁRELA y Elena Sofía RIBAS de QUIROGA, los días 4 y 7 del mismo mes y año, respectivamente; así como lesiones a un número no determinado de personas y cuantiosos daños materiales a la población de la ciudad de Río Tercero.”

     

     

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 4/2024 - Ac. 4/2023 Autoridades de la Jurisdicción Feria enero 2024
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 284/2024 - Se tiene presente licencia concedida por compensacion de feria trabajada en julio 2023, para los dias 2 y 3 de mayo del corriente año, a la Escribiente Auxiliar, Florencia Cecchini Zeller.
    • 283/2024 - Justificase inasistencia por enfermedad del dia 27.3.24 del Escribiente interino, Nicolas D. Del Negro.
    • s/n/2024 - Y VISTO: La Resolución Administrativa N° 990/24 de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, del 09 de abril del corriente año, y CONSIDERANDO: 1°) Que a este Tribunal le corresponde designar a los magistrados subrogantes del fuero federal con c