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    Caso Lázaro Báez: la Cámara Federal confirmó el rechazo a la excarcelación de Jorge Chueco

    Lo resolvió este jueves la Sala II, con la firma de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah

    La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó este jueves la denegatoria de la excarcelación de Jorge Chueco –con procesamiento actualmente apelado y en trámite por el delito de lavado de activos- en la causa n° 3017 caratulada “Báez, Lázaro y otros s/encubrimiento y asociación ilícita –denunciante Ocaña, María Graciela y otros”.

    Se valoró que Chueco fue detenido en la República del Paraguay, país al que había ingresado eludiendo los controles fronterizos y en el que se identificó ante las autoridades bajo otro nombre, un día más tarde de firmarse el decreto del magistrado que dispuso su captura. Y por esa razón se consideró que no se presentó voluntariamente a estar a derecho sino todo lo contrario, se fugó a otro país en el que mantuvo una falsa identidad aún al ser detenido, y son esas circunstancias las que llevan fundada y razonablemente a poner en duda su voluntad de someterse al proceso en el futuro.

    También se recordó que ya se había evaluado en el caso que la naturaleza económica de los delitos que en esta causa se investigan cobra una relevancia mayor en el análisis del peligro de fuga. Porque no puede perderse de vista los montos involucrados y no recuperados aún que demuestran, en principio, la disposición de dinero con la que cuenta el grupo –aún para el hecho por el que fue puntualmente indagado y procesado en esta ocasión-, con la consiguiente posibilidad de manejar mayores relaciones económicas e influencias, también en distintos países, quienes eventualmente podrían prestarle auxilio.

    Y con relación a la posibilidad de obstrucción  también se señaló nuevamente que se verifica el riesgo de entorpecimiento de la investigación a partir de la constatación que los ilícitos bajo proceso se llevaron a cabo al amparo de las estructuras de poder en torno del Estado, reflexión que no se limita a los otros únicos dos consortes de causa que se encuentran detenidos por el instructor. En esta oportunidad se consideró que la Procelac –la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos- recién acompañó a la causa en marzo de 2015 las actuaciones provenientes de la Unidad de Información Financiera formadas a raíz de los reportes de operaciones sospechosas libradas en junio de 2013 por los bancos privados por la operación por la que Chueco fue procesado (ver fs. 14053/4 y 173/6) y que el banco oficial, el Banco Nación, en cambio, no encontró elementos que le generaran dudas para dar ese aviso (fs.5754/5), conductas que se denunciaron para que se realice una investigación penal.

     

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