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    La Corte ratificó que los jueces laborales no pueden incrementar injustificadamente el importe de la indemnización por accidente de trabajo

    Fue con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz. En disidencia votó el juez Horacio Rosatti

    Con la firma de los jueces Ricardo Luis Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, y la disidencia del Juez Horacio Rosatti, la Corte Suprema revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que avalaba un incremento injustificado del importe de la indemnización por accidente laboral.

    La madre de un trabajador fallecido en un accidente laboral, ocurrido en el año 2005, le reclamó a la ART de la empresa en la que trabajaba su hijo la indemnización tarifada de la Ley de Riesgos del Trabajo. El juez de primera instancia admitió ese reclamo y condenó a la ART a pagar la suma de $786.320,57. Para determinar este importe el juez no tuvo en cuenta las tarifas legales que estaban vigentes cuando ocurrió el accidente sino el reajuste de esas tarifas dispuesto, mucho tiempo después, por la ley 26.773 (dictada en el año 2012).

    La sentencia fue apelada por la ART, pero los jueces de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo –Dres. Daniel Stortini y Enrique  Brandolino– la confirmaron.

    Finalmente, la Corte revocó lo resuelto señalando que la cámara no dio un “tratamiento adecuado a los agravios de la aseguradora debido a una incorrecta lectura del fallo sometido a revisión” ya que los camaristas sostuvieron que correspondía confirmar el monto de “la acción civil ejercida por la actora” cuando el reclamo admitido por el juez de primera instancia estaba fundado en la Ley de Riesgos del Trabajo. Al decidir de ese modo, la cámara omitió analizar los planteos de la ART relativos a que las mejoras dispuestas en la ley 26.773 no resultaban aplicables al caso porque el accidente había sido anterior a su entrada en vigencia (criterio establecido por la Corte en la sentencia dictada el 7 de junio de 2016 en la causa “Espósito c/Provincia ART”).

    El Juez Rosatti, por su parte, votó por la desestimación del recurso de la ART por considerarlo inadmisible.

     

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