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    “Sueños compartidos”: la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un planteo de Julio De Vido

    La Sala IV declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa del exministro de Planificación contra la resolución de ese mismo tribunal que había ratificado la elevación a juicio de las actuaciones
    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo M. Hornos -como presidente-, Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, resolvió declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa de Julio Miguel De Vido contra la resolución de la Sala en cuanto había ratificado la elevación a juicio de las actuaciones.
     
    La defensa había presentado una queja, por recurso de casación denegado, contra la resolución de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que había confirmado el rechazo del planteo de nulidad del auto que clausuró la instrucción y le dio vista a las partes acusadoras (art. 346 del C.P.P.N.).
     
    Cabe recordar que el 21 de mayo de 2019 la causa fue elevada al Tribunal Oral en lo Criminal Federal n.º 5 de la Capital. 
     
    En el caso se investiga la maniobra a través de la cual diversos sujetos, valiéndose de la Asociación Madres de Plaza de Mayo, utilizaron a la fundación del mismo nombre en connivencia con funcionarios públicos –entre ellos, De Vido- para gestionar y obtener ilegítimamente fondos de la Secretaría de Obras Públicas para la construcción de viviendas sociales, parte de los cuales fueron desviados de su destino específico.
     
    A raíz de esa maniobra investigada, se habrían desviado millones de pesos de su fin específico (viviendas sociales). Dicho dinero habría sido transferido por la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, dependiente del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación –a cargo de De Vido- a las jurisdicciones locales, y luego canalizado a las distintas cuentas bancarias de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.
     
    Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal
     
     
     
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