X
X
/
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X

    La Justicia Electoral requiere al Poder Ejecutivo recursos para la digitalización de padrones

    Lo hizo la Cámara Electoral a través de un comunicado. Reclama al Ministerio del Interior el hardware, software y recursos humanos indispensables para llevar adelante aquella tarea. Además solicita que se reglamente la nueva ley de partidos políticos
    La Justicia Electoral requiere al Poder Ejecutivo recursos para la digitalización de padrones

    A continuación, el comunicado completo:

    “La ley de reforma electoral 26571 modificó sustancialmente el régimen de conformación de los registros electorales que se utilizan para confeccionar los padrones que constituyen el cuerpo electoral. Algunos aspectos de este y otros temas de las nuevas disposiciones requieren una reglamentación que ha sido solicitada en reiteradas oportunidades por la Cámara Nacional Electoral al Ministerio del Interior sin que hasta la fecha aquella se hubiera dictado.

    La implementación de las modificaciones legislativas requiere de un esfuerzo muy importante que la Cámara viene llevando adelante desde que esa norma fue sancionada, realizando las tareas que le son propias y requiriendo a otras autoridades involucradas la más rápida adecuación de su información y la provisión de los recursos indispensables para la puesta en marcha del nuevo sistema.

    A tal fin inició gestiones con el Registro Nacional de las Personas tendientes a definir la nueva modalidad de recepción de novedades establecida por la ley. Asimismo, realizó reuniones con la Comisión de Gestión del Fuero Electoral y con todos los Jueces y Secretarios Electorales con el fin de definir el proceso de tratamiento y fiscalización de dicha información y de actualización del Registro Nacional de Electores. Como consecuencia de dichas reuniones y con la colaboración de la Dirección General de Tecnología del Consejo de la Magistratura se ha generado una base de datos unificada que permitirá advertir inmediatamente ?entre otras funciones- la duplicación de matriculas; se ha credo un programa destinado a la consulta del ciudadano ?vía internet- de su situación de afiliación, y se llegó a la última etapa de desarrollo de la adecuación al sistema informático actual para poder comenzar a recibir novedades en soporte digital. Sin perjuicio de ello cabe mencionar que desde el pasado 28 de abril se vienen solicitando al Ministerio del Interior el hardware, el software y los recursos humanos imprescindibles para la modernización del sistema de registro, que también se ha diseñado. Este pedido fue reiterado el pasado 16 de junio.

    Cabe advertir que también se dispuso continuar con el sistema de actualización vigente al momento de la publicación de la nueva norma hasta tanto se cuente con un software que posibilite implementar la nueva modalidad de incorporación de novedades.
                           
    Por otra parte, bajo el nuevo régimen los Juzgados Federales de Primera Instancia con competencia electoral tendrán una intervención en el control y fiscalización de la información que remita el Registro Nacional de las Personas previo a su incorporación al Registro Nacional de Electores. Para ello y para la resolución de los reclamos contarán con imágenes digitales de toda la documentación que dio lugar a la novedad informada. Se trata de constancias como la partida de nacimiento, la ficha del ciudadano y el formulario que se completó al momento de realizarse el trámite correspondiente. Esto constituye un avance para las tareas de actualización de los padrones ya que se contará con mayor cantidad de información que la que disponen actualmente los juzgados electorales.
                           
    En algunos medios se ha informado por error que los ciudadanos podrán realizar cambios de domicilio por Internet, lo cual sólo puede realizarse ante los Registros Civiles. Lo que la nueva norma electoral ha previsto es que -con la debida reglamentación que asegure la fidelidad de la información- se podrán hacer reclamos por Internet respecto de la información que se publique en la etapa de listas provisionales.
                           
    Por último, también se ha informado que se destruirán todas las constancias de electores fallecidos y que ello posibilitaría que se realicen acciones fraudulentas tendientes a incorporarlos como afiliados a las agrupaciones políticas. Al respecto, cabe informar, que este Tribunal procederá a la destrucción de los documentos cívicos para imposibilitar su uso y que las constancias que dieron lugar a la baja del elector serán digitalizadas previo a su destrucción para asegurar la transparencia de la información contenida en el Registro de Nacional de Electores.”

    9
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones