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    Propician incentivos para la capacitación judicial

    Se trata de una iniciativa del juez de la Cámara Criminal de Mercedes, provincia de Corrientes, Juan Manuel Iglesias, presentada en el XII Congreso Nacional y II Internacional de Capacitación Judicial que se realizó en Rosario
    En el encuentro realizado días atrás en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, el magistrado puso a consideración su propuesta, a través de la representante del Área de Desarrollo de Recursos Humanos del Poder Judicial de Corrientes, doctora Rosario Adano de Ferro, quien asistió comisionada por el Superior Tribunal de Justicia. La ponencia, denominada “Fundamentos desde una visión operativa y ética para la incentivación económica por capacitación en el Poder Judicial de la Provincia de Corrientes”, aborda la trascendencia de la capacitación de magistrados y funcionarios.
     
    Sostiene Iglesias que hay profusa bibliografía que abona la idea de tres motivaciones por las cuales un profesional invierte esfuerzo, tiempo, energía y dinero para adquirir nuevos conocimientos y nuevas destrezas: ingreso, ascenso o prestigio. Respecto del primer aspecto, afirma que el mayor índice de capacitación se observa al inicio de la carrera judicial (por lo general el funcionario comienza cumpliendo el cargo de prosecretario o secretario), teniendo en cuenta la posibilidad a futuro de acceder a la magistratura. En los magistrados y funcionarios de primera instancia la motivación es la misma, aunque la brecha económica entre uno y otro cargo en Corrientes es ínfima. Pero en la segunda instancia la capacitación disminuye fuertemente porque en el ingreso al máximo Tribunal inciden cuestiones aleatorias de política provincial que no tienen relación directa con la máxima capacitación y esfuerzo de los magistrados y funcionarios, sino con una decisión de política de Estado y de legitimidad constitucional.
     
    El prestigio puede resultar un incentivo, pero ello varía de acuerdo a la personalidad o perfil de quienes ocupan ciertos cargos. Se trata de una cualidad que no se obtiene en forma inmediata, lo que no se condice con una posible política institucional que aspire a metas no controlables.  En relación al factor ingreso, Iglesias advirtió que no existe diferencia salarial entre magistrados y funcionarios. “Reciben remuneraciones igualitaria sin proporción a su capacitación o esfuerzo en funciones de docencia, dirección, o coordinación”. Esta situación varía en caso de los empleados judiciales, en donde un agente calificado con títulos terciarios o universitarios percibe un plus por su calificación. Entonces, la capacitación de los magistrados no incide en sus ingresos, como efectivamente lo hace –por ejemplo- la antigüedad.
     
    “Ese plus es un premio, pero en una organización democrática y de estabilidad institucional pierde su sentido al no tener una finalidad clara ya que no existe un control en los operadores judiciales acerca de si su tiempo en la función se traduce en resultados operativos” afirma el magistrado.
     
    Consideró que otorgar premios al conocimiento de aquellos que han obtenido un titulo de posgrado con esfuerzo personal y económico permitirá a corto plazo incentivar al resto de los funcionarios que se encuentren estudiando, o a otros a iniciar sus estudios de capacitación para lograr un título de igual rango. “Con ello se logrará a corto plazo contar dentro de la institución con un grupo de magistrados y funcionarios de alto nivel de capacitación, incidiendo ello en sus funciones judiciales y siendo el semillero para futuros capacitadores del Poder Judicial” aseguró.
     
    Entre los aspectos negativos Iglesias señaló el hecho de que la capacitación “se limita a unos pocos que por vocación realizan un esfuerzo extra en sus funciones habituales, provocando también una nueva disparidad con aquellos avocados solamente a su función operacional, sin comprobación directa si estos son superiores en su operatividad que los que se capacitan o involucran”.
     
    Iglesias entiende que esta situación provoca una situación de “injusticia laboral” que se confronta directamente con la finalidad que el Poder Judicial como institución intenta impartir en la sociedad.  “El dar a cada uno lo suyo, estipulado como base de la justicia para Santo Tomas de Aquino, se transforma en una contradicción en términos”. Y se profundiza en el interior, donde los funcionarios se hallan lejos de los centros de capacitación y deben realizar un esfuerzo para acceder a ofertas de maestrías o cursos. “Sin dejar de lado que es de público conocimiento la excesiva diferencia existente entre los salarios de los magistrados y funcionarios de esta provincia y el resto del país”.
     
    El Estado por exigencia Constitucional limita las funciones laborales de sólo algunas personas en la sociedad que logran llegar a la magistratura, como así también sus ingresos, permitiendo únicamente la función de la docencia. Es por ello que frente a tal fuerte limitación el Estado debe asumir en su rol la obligación de sostener vivos ese incentivo y la idoneidad del juez y buscar los mejores métodos para que logre el magistrado y funcionario cumplir con su “deber ético de capacitarse”.
     
    “Entiendo que el Poder Judicial, no puede desinteresarse de este aspecto, y es en este ámbito –ingresos- donde podría tomar una medida de vanguardia, siendo pionera a nivel nacional en medidas como la presente” expresó. Rescató la importancia de la capacitación ya desde el punto de vista de la ética judicial, recordando que la mayoría de los Códigos internacionales se refieren a este aspecto como un “deber y “derecho” del magistrado en su función.
     
    Propuesta
    La propuesta es la implementación de un sistema de incentivos por aumento del salario de Magistrados y Funcionarios. En el caso de quienes no desean obtener un título de posgrado y con el objetivo de motivarlos, Iglesias entiende que se debería establecer un mínimo de capacitación obligatoria, por ejemplo 40 horas cátedra, pero otorgar un crédito a aquellos que acrediten durante el año y antes del mes de diciembre haber tomado un número superior a 100 horas. “Eso movilizará a los magistrados y funcionarios a mantener su conocimiento en forma actualizada” expresó. A estos magistrados se debería incrementar una vez al año y en el mes de diciembre junto al aguinaldo un pago proporcional del 25% de su salario de bolsillo para aquellos que se encuentren en el mismo lugar donde realizan su capacitación y un 30 % para aquellos que deben movilizarse para hacerlo.
     
    Para quienes efectivamente aspiran a un título de posgrado, la propuesta es que el incentivo económico sea mayor. “En concreto entiendo que se podría pagar sobre el sueldo un 15 % para los títulos de especialización. Aquellos que tengan dos o más títulos se le podrá pagar en su salario un 25% sobre su ingreso neto.  Aquel que tenga un titulo de magíster se incrementar el sueldo en un 20% y al lograr dos o más títulos de igual jerarquía un 25%. Igual la combinación entre una especialización y una maestría, también podrá tener un 25 % sobre el sueldo que recibe mensualmente. A los que obtienen títulos de doctorado, se les asignará un incremento en el sueldo del 25% y si realizaran dos o más o un posdoctorado, un incremento de un 30 % de sus ingresos neto”.
     
    El grupo de magistrados y funcionarios que ocupan funciones ejecutivas en la difusión y ejecución de la capacitación, y que dedican tiempo extra a la dirección, coordinación o capacitación de magistrados, funcionarios y empleados judiciales, sin reconocimiento alguno podría incrementar de un de un 15 % a un 30 % de sus ingresos netos según la función que tenga asignada. Por otro lado, aquellos que desarrollen capacitación en el ámbito universitario, posgrados o la escuela Judicial y que no reciban otra remuneración por ello, se les debiera asignar la suma de 25 % en sus salarios una vez al año.
     
    Incentivo salarial
    El juez señaló que el incentivo salarial es diferente a un “aumento salarial”, que bien pudiera ser un item a integrar los puntos que se refieren al “bloqueo de titulo”. El mismo podría ser dispuesto por acordada del Superior Tribunal, y no generaría un aumento masivo para todos los magistrados y funcionarios ya que no todos tienen títulos de posgrados, ni están dispuestos a tomar la posición de lograr un título de esas características. Los resultados se podrían comenzar a evaluar a fines del primer año de implementación de la medida, y en un plazo de dos años los resultados de los que han adoptado la decisión de lograr un título de posgrado. 
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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 4/2024 - Ac. 4/2023 Autoridades de la Jurisdicción Feria enero 2024
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 283/2024 - Justificase inasistencia por enfermedad del dia 27.3.24 del Escribiente interino, Nicolas D. Del Negro.
    • 284/2024 - Se tiene presente licencia concedida por compensacion de feria trabajada en julio 2023, para los dias 2 y 3 de mayo del corriente año, a la Escribiente Auxiliar, Florencia Cecchini Zeller.
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrado subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de La Pampa, en reemplazo del doctor Juan José Baric, al doctor Walter Ezequiel López Da Silva, del 2 al 3 de mayo de 2024.- 2°) Póngase en conocimiento del Co