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    Vence plazo para que ACUMAR ingrese informe clave

    El Juzgado Federal de Quilmes intimó a la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo ordenarse internamente, a fin de ejecutar el fallo de la Corte que exigió limpiar aquella zona. Hasta el próximo lunes tiene tiempo para presentar el escrito
    Vence plazo para que ACUMAR ingrese informe clave

    El lunes vence el plazo para que la Autoridad de Cuenca (ACUMAR) presente un informe que le ordenó el Juzgado Federal de Quilmes, que tiene a su cargo la ejecución de la sentencia de la Corte que exigió limpiar el Riachuelo, para que se ordene y se fortalezca institucionalmente.

    Concretamente, el juez Luis Armella, titular de aquella dependencia, le pidió a ACUMAR presentar un escrito que contenga un esquema organizativo interno, a fin de llevar a cabo la tarea de saneamiento ambiental que le encomendó el Máximo Tribunal en el fallo “Mendoza”.

    En caso de incumplir con la petición, el magistrado podrá castigar a los responsables por la omisión con multas diarias.

    La decisión de Armella busca organizar a ACUMAR como organismo autónomo con facultades de control y de prevención del medio ambiente sobre la cuenca hídrica. “Resulta imprescindible exigir a dicha autoridad que a través de su organización, conformación y facultades, reglamente a través del Consejo Directivo la normativa y procedimientos a llevar a cabo con el objeto de dar fiel y acabado cumplimiento con la ejecución del fallo”, indicó.

    Así, entre otras medidas, ACUMAR deberá implementar un esquema administrativo de organización interna; establecer y definir sus sedes edilicias, y la competencia que tendrá cada una de ellas; intervenir sobre la habilitación de los establecimientos que se asienten en la cuenca hídrica, en lo concerniente a materia ambiental y realizar convenios con las distintas fuerzas de seguridad que permitan aportar la seguridad necesaria para el cumplimiento de las acciones que se realicen.

    También deberá unificarse en forma clara el poder de policía ambiental que posee la Autoridad de Cuenca sobre la cuenca hídrica en cuestión, implementando y estableciendo las facultades de control y prevención en materia ambiental, que poseerán los funcionarios de esa autoridad por sobre las autoridades locales.

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    Últimos fallos
    • Expte. N° CFP 006734/2013/TO01 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MILANI, CESAR SANTOS GERARDO DEL CORAZON DE JESUS Y OTRO s/ENRIQUECIMIENTO ILICITO (ART.268 INC.2), ENRIQUECIMIENTO ILICITO (ART 268 (3)), INFRACCION ART. 248 BIS y ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.
    • Expte. N° CPE 000575/2009/TO01 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MATISIC, RICARDO Y OTRO s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE: D.G.I. Y OTRO
    • Expte. N° FSM 037002937/2007/TO01 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PENAS, DELIA LUISA Y OTRO s/SUPRESION DEL EST.CIV. DE UN MENOR (ART.139 INC.2) - SEGÚN TEXTO ORIGINAL DEL C.P. LEY 11.179 y FALSEDAD IDEOLOGICA CONFORME 292 ULTIMO PARRAFO
    • Expte. N° FMZ 013823/2022/TO01 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AGÜERO (DU1), ROBERTO CARLOS s/INFRACCION ART.189 BIS APARTADO (3) 1° PARRAFO, INFRACCION ART.189 BIS APARTADO (5) 2° PARRAFO, CONTRABANDO DE ELEMENTOS CONTRA SEGURIDAD COMUN, ARTICULO 867 - CODIGO ADUANERO y CO
    • Expte. N° FMZ 013823/2022/TO01 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AGÜERO (DU1), ROBERTO CARLOS s/INFRACCION ART.189 BIS APARTADO (3) 1° PARRAFO, INFRACCION ART.189 BIS APARTADO (5) 2° PARRAFO, CONTRABANDO DE ELEMENTOS CONTRA SEGURIDAD COMUN, ARTICULO 867 - CODIGO ADUANERO y CO
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