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    La Cámara Federal revocó el procesamiento de Omar Plaini y quedó sin efecto la intervención del sindicato de vendedores de diarios

    La Sala II, integrada por los jueces Irurzun y Farah, declaró la falta de mérito del titular de Sivendia. En la causa se investiga la supuesta inclusión de firmas falsas en instrumentos donde constaban los presentes en una asamblea del sindicato

    La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, resolvió este lunes la causa CFP 54.138/13, del registro del Juzgado Federal n° 8. Allí, los jueces decidieron revocar todo lo resuelto por el magistrado Marcelo Martínez de Giorgi. En rigor, dejaron sin efecto los procesamientos del secretario general de Vendedores de Diarios y Revistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires, Francisco Omar Plaini, por uso de documento público falso y de la escribana María Emilia Rodenas, por falsedad ideológica. Se declaró la falta de mérito de ambos.

    En la causa se investiga la supuesta inclusión de firmas falsas (algunas decenas de ellas) en instrumentos donde constaban los presentes en una asamblea del gremio, en que debían adoptarse distintas determinaciones. El juez procesó a Plaini por haber presentado esos papeles en el Ministerio de Trabajo y a Rodena por consignar información sobre ellos en un acta notarial. La Cámara discrepó con esa postura.

    Resumidamente, se afirmó que las pruebas no demostraban suficientemente que las supuestas falsedades de los documentos cuestionados fueran aquellas circunstancias que esos instrumentos estaban destinados a probar (en rigor, que hubo una asamblea gremial y que se presenció su desenvolvimiento y resultado) ni que Plaini participara intencionalmente de la utilización de los instrumentos (principalmente, porque en principio el resultado del acto no estuvo subordinado a la cantidad de presentes que, según se presume, en realidad no estuvieron allí).

    A raíz de la revocatoria del procesamiento, quedó sin efecto la intervención de SIVENDIA y disponer la administración provisoria por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y suspender en el ejercicio de sus funciones de Secretario General de SIVENDIA a Francisco Omar Plaini y a los restantes integrantes de los órganos de conducción y deliberativos, como así también los de fiscalización y electorales del referido sindicato. Todo, había sido dispuesto en la misma decisión del juez.

     

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