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    El Máximo Tribunal reiteró que todos los conceptos salariales deben entrar en el cálculo de las jubilaciones

    Fue en una causa que inició una ex empleada de ANSES que cobraba parte de su sueldo como “remuneración sin aportes”. La Corte Suprema indicó que todos los montos remunerativos deben aportar a la seguridad social

    La Corte Suprema de Justicia ratificó que todos los conceptos salariales deben ser tenidos en cuenta para el cálculo del haber jubilatorio inicial y que deben aportar a la seguridad social. Fue en el caso de una ex empleada de la ANSES que cobraba parte de su sueldo como “remuneración sin aportes”.
     
    En el caso, la actora demandó a la ANSES para que incluyera en el cómputo del haber inicial de su jubilación el suplemento por función directiva percibido en sus últimos años de trabajo, sumas respecto de las cuales no se habían realizado aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.

    El tratamiento de la cuestión había sido omitido por la ANSeS y las sucesivas instancias judiciales, y fue reeditado ante esta Corte en un recurso ordinario de apelación.

    El Tribunal hizo mérito de lo previsto en los arts. 10 y 49 de la ley 18.037 (aplicables al caso) y constató que en la causa no estaba en discusión el carácter salarial de las sumas abonadas a la recurrente, dado que habían sido certificadas por la ANSeS como remunerativas y su inclusión en el haber inicial no había sido objetada por el organismo al contestar la demanda.

    Sobre esa base, dispuso que dichas retribuciones debían ser computadas en el primer haber del beneficio, sin perjuicio de los descuentos y contribuciones que debieran realizarse con destino a la Seguridad Social.

    En definitiva, ordenó que de las sumas calificadas en forma pacífica por ambas partes como “remunerativas”, se devengaran los correspondientes aportes y contribuciones. 

    Las circunstancias procesales que rodearon el caso -en particular el hecho de que la ANSES omitió justificar la falta de inclusión en el haber inicial de sumas que integraron el salario-, revelan la singularidad del precedente, más allá de que la solución sigue la línea de otros casos de los que resulta que la Corte ha puesto especial atención en que se incorporen al sistema previsional aquellas retribuciones que, sin razones válidas, hubieran sido excluidas de ese ámbito.

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 4/2024 - Ac. 4/2023 Autoridades de la Jurisdicción Feria enero 2024
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrada subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de San Juan, en reemplazo del doctor Leopoldo Rago Gallo, a la doctora Eliana Ratta Rivas, desde el 16 al 23 de mayo de 2024.- 2°) Póngase en conocimiento de
    • 48/2024 - CAPITAL FEDERAL 1 licencia por enfermedad 1 prórroga de licencia por enfermedad BUENOS AIRES 1 renuncia a contrato transitorio
    • 10/2024 - RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 10: COMUNICA A LAS SALAS DEL TRIBUNAL QUE SE ENCUENTRA VIGENTE PARA USO LA CASILLA ANSES-OFICIOS TRASLADO ART. 49 LEY 24.241, EN LA PLATAFORMA DE DILIGENCIAMIENTO ELECTRÓNICO DE OFICIOS A ORGANISMOS EXTERNOS (DEOX)