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    Riachuelo: el juez Armella volvió a ratificar la orden de desalojo

    En una nueva resolución, el Juzgado Federal de Quilmes confirmó la medida dictada el pasado miércoles e insistió en que de persistir su incumplimiento habrá multas para los funcionarios responsables. Se trata de las viviendas ocupadas en Villa Soldati

    El juez Luis Armella, titular del Juzgado Federal de Quilmes, volvió a ratificar la orden de desalojo de las viviendas ocupadas en el predio ubicado en las calles Lafuente, Castañares y Portela de Villa Soldati, en el marco de la causa por el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo.

    Fue en una resolución firmada este domingo, en donde se insiste además en que de persistir el incumplimiento de aquella medida, dispuesta el pasado 9 de marzo, se aplicarán sanciones pecuniarias a los funcionarios responsables.

    A continuación, la parte resolutiva de la nueva decisión:

    "I.- Hacer saber al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), Dr. Juan José Mussi, a las Fuerzas de Seguridad que disponga la Sra. Ministro de Seguridad de la Nación, Dra. Nilda Garré y a la Policía Metropolitana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que la orden de allanamiento y desalojo librada con fecha 09-03-11 para el predio sito en las calles Lafuente, Castañares y Portela de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentra en plena vigencia y deberá ser acatada sobre la totalidad de las viviendas y/o construcciones que se encuentran dentro del predio citado, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones ya notificadas.-

    II.- Requerir al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), Dr. Juan José Mussi y al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Lic. Horacio Rodríguez Larreta, que una vez efectivizado el desalojo ordenado, realice en forma inmediata la asignación de las viviendas, para luego proceder a la efectiva entrega de posesión de las mismas, ni bien se encuentren en las condiciones para hacerlo; bajo apercibimiento de aplicar la sanción de multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-

    III.- Requerir al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), Dr. Juan José Mussi, y a las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la planificación de un sistema de información de la asignación de las viviendas que se vayan planificando y construyendo, distinto al que se está realizando hasta ahora, y que prevea las acciones y medidas a adoptarse para la custodia y preservación de los predios, conforme lo esbozado en los Considerandos 8° y 9°de la presente.-

    IV.- Reiterar a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), al  Ministerio de Seguridad de la Nación y a la Policía Metropolitana, la obligación de que en forma conjunta e identificando acciones y responsabilidades, informen diariamente las medidas que se vayan adoptando en cumplimiento de la manda judicial, conforme lo esbozado en el Considerando 10°de la presente.-

    V.- Requerir a los Sres. Titulares de los Ministerios de Seguridad de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la implementación de todas las acciones que garanticen efectivamente el trabajo de los responsables al cumplimiento de la presente manda, a fines de evitar toda situación que entorpezca en cualquier modo el desenvolvimiento normal de las obras referenciadas, haciéndoles saber que el incumplimiento de la presente, en forma efectiva, fehaciente, concisa, acabada y pormenorizada, los hará incurrir inmediatamente y sin más contemplaciones, en la responsabilidad que les correspondiere por mandatos específicos y determinados por el incumplimiento a una orden judicial, lo cual los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-

    VI.- Requerir a la Sra. Secretaria General de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dra. Daniela Olivetto, notifique la presente en forma urgente y personal, bajo debida constancia a los representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del Consejo Directivo), lo cual deberá ser acreditado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas.-"

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