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    Ordenan brindar transporte escolar gratuito a alumnos que habitan en la Villa 21-24

    Lo dispuso el juez Roberto Gallardo como medida cautelar. Es en un amparo presentado por un grupo de madres, donde cuestionan la falta de vacantes en el distrito escolar en donde residen y que por ello los niños son reubicados en escuelas alejadas

    El juez Roberto Gallardo, titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como medida cautelar proveer transporte escolar gratuito a menores de la Villa 21-24.

    Es en el marco de un amparo iniciado por tres madres del barrio, a fin de “garantizar el real y verdadero acceso económico y material a la educación primaria de los grupos familiares que residen en la Villa 21-24 de esta Ciudad, toda vez que por falta de vacantes de ese nivel educativo ven vulnerado dicho derecho constitucional”.

    Asimismo, afirman que en virtud de la insuficiencia de vacantes, los niños, niñas y adolescentes que habitan en la villa 21-24 son reasignados por el propio Gobierno a otros establecimientos del mismo u otro Distrito Escolar, incluso a escuelas de Provincia de Buenos Aires.

    Indican que, en el marco de la reubicación referida, la mayoría de los niños concurren a establecimientos ubicados a más de diez cuadras de sus domicilios, parámetro que en los reglamentos de asignación de vacantes escolares se utilizaría como dato relevante a los fines de otorgar prioridad en la inscripción. En todos los casos, agregan, el traslado a la escuela corre por cuenta y cargo de los padres.   

    Señalan que la necesidad de los niños y niñas de tener que trasladarse a una gran distancia del barrio en el que habitan para concurrir al establecimiento educativo genera trastornos y complicaciones, ya que deben recorrer solos gran parte del trayecto por los pasillos de la villa con el peligro que ello conlleva, o en su caso, ser acompañados por los padres hasta la salida del barrio lo que impediría el completo desarrollo de las capacidades laborales debido al tiempo que insume la salida y la entrada del barrio.

    Agregan que sólo cuentan con transporte escolar “tipo combi” de carácter privado y que la inmensa mayoría de las familias del barrio, por las características socio-económicas de los grupos que habitan allí, no cuentan con los recursos para acceder a tal servicio.

    Requieren además, entre las cuestiones de fondo, se ordene la construcción de dos nuevos edificios escolares en el ámbito del Distrito Escolar Nº 5 y en la zona de influencia de la Villa 21/24. 

    Al hacer lugar a la medida cautelar solicitada, el magistrado también dispuso la realización de un censo en la villa para determinar cuántos menores se encuentran escolarizados y a qué establecimiento concurren, y cuáles son las razones para no asistir a la escuela de los no escolarizados.

    Asimismo, ordenó “al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que en el término de diez (10) días presente ante el tribunal un proyecto que especifique concretamente las medidas que adoptará para asegurar que en el ciclo lectivo 2012 y subsiguientes, todos los niños en edad primaria puedan acceder a establecimientos de tal carácter dentro del ámbito de la villa 21/24”.

    Según el juez, “el peligro en la demora aparece manifiesto en tanto la situación socioeconómica que padecen las familias del barrio, no les permite afrontar los gastos de transporte escolar a fin de que sus hijos en edad escolar, puedan asistir regularmente a los establecimientos educativos donde se encuentran inscriptos. En este sentido, el dictado de la medida solicitada se impone a fin de garantizar el efectivo acceso a la educación de los niños y niñas de la villa 21/24 y evitar la deserción escolar que la situación actual podría acarrear”.

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    Últimos fallos
    • Expte. N° CCC 037558/2011/TO01 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALONSOPEREZ FERNANDEZ, DANIEL JOSE Y OTROS s/QUIEBRA FRAUDULENTA y RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PUBLICO DENUNCIANTE: AFIP DGI
    • Expte. N° CFP 010007/2020/TO01 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CABRERA RODRIGUEZ, MARCOS ERNESTO s/INFRACCION ART.140 - REDUCCION A LA ESCLAVITUD O SERVIDUMBRE - LEY 26.842 QUERELLANTE: N.N.
    • Expte. N° FSA 002614/2024/CA001 - BENEFICIARIO: DE LIMA, GUSTAVO RAFAEL s/HABEAS CORPUS
    • Expte. N° FSM 027004012/2003/TO16/CFC329 - Principal en Tribunal Oral TO16 - IMPUTADO: ALFONSO, EDUARDO Y OTRO s/PRIVACION ILEGAL LIBERTAD PERSONAL, TORTURA y HOMICIDIO AGRAVADO CON ENSAÑAMIENTO - ALEVOSIA QUERELLANTE: ASOCIACIÓN CIVIL ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS, DRES. RICARDO DA
    • Expte. N° FRO 024055/2014/TO01 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LOPEZ , SANTIAGO ANTONIO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) SOLICITANTE: LOPEZ, JOANA ELIZABETH
    Acordadas y resoluciones
    • 4/2024 - Ac. 4/2023 Autoridades de la Jurisdicción Feria enero 2024
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 16016/2024 - Se prorroga la licencia por enfermedad de largo tratamiento, al jefe de despacho del Juzgado Federal de San Luis, señor Domingo Orlando LOPEZ, por 45 días, a partir del 02 de abril de 2.024
    • 33-S/2024 - Modificar las resoluciones 57-S/23 y 72-S/23 del Tribunal. Designar a Brenda Alejandra Mendoza como auxiliar interina y Designar a Hernán Mario Pérez como auxiliar suplente. JFRoca
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrada subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de Santa Cruz, en reemplazo del doctor Claudio Marcelo Vázquez, a la doctora Marta I. Yañez, desde el 20 y hasta el 26 de mayo de 2024.-