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    La Cámara Federal confirmó un procesamiento en un nuevo caso de trata de personas

    Se trata de una causa en la que se investiga a dos imputados, en orden al delito de captación y transporte de personas con fines de explotación agravado en razón de que dos de las tres víctimas eran menores de dieciocho años

    La Cámara Federal de Apelaciones de Salta, integrada por los Dres. Jorge Luis Villada y Renato Rabbi-Baldi Cabanillas, mediante resolución del día 25 de junio del presente año resolvió en la causa FSA 1665/2013/CA1 caratulada: “GÓMEZ GONZÁLEZ, Benigna y Otro s/infracción a la ley 26.364” originaria del Juzgado Federal N° 2 de Jujuy, confirmar el procesamiento de Benigna Gómez González y Wilbert Gómez González, en orden al delito de captación y transporte de personas con fines de explotación agravado en razón de que dos de las tres víctimas eran menores de dieciocho años, previsto y sancionado por los arts. 145 bis y 145 ter del Código Penal.

    El hecho se descubrió el día 19 de junio de 2013 cuando personal de Gendarmería Nacional controlara un ómnibus de transporte público procedente de La Quiaca con destino a la Ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, al sospechar de la finalidad por la cual dos menores de edad y un joven de 18 años eran transportados desde la República de Bolivia por los hermanos Gómez González.

    Las víctimas posteriormente manifestaron que se dirigían a trabajar en talleres de costura bajo las órdenes de los acusados.

    La Cámara consideró que las desventajosas condiciones de trabajo pactadas entre las presuntas víctimas y los imputados (excesivas cargas horarias de labor, ínfima remuneración, etc.); por los que ingresan al país con finalidad laboral sin contar con autorizaciones para  hacerlo legalmente  y que se acreditara en grado suficiente que el costo sus pasajes fue pagado por los imputados y cargado a la cuenta de las “futuras ganancias” que obtendrían aquéllas por el trabajo producido, al igual que lo que generaran por hospedaje y alimento (típica modalidad utilizada por los tratantes en este tipo de ilícitos para producir deudas continuas de las víctimas a su favor y prolongar así la dependencia en un país extraño), constituyeron elementos que le permitieron concluir al Tribunal que las personas transportadas serían explotadas.

    Fuente: Oficina de Prensa Cámara Federal de Apelaciones de Salta

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