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    La Corte de Tucumán ordenó restituir a una jueza desplazada de su cargo

    El Máximo Tribunal provincial consideró que se violó la garantía de inamovilidad, al ser destituida en un juicio político por tener una determinada interpretación sobre la ley de ejecución de penas privativas de la libertad. Fallo completo

    La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán ordenó la restitución en su cargo a la camarista Alicia Beatriz Freidenberg de Ferreyra, jueza de la Sala VI de la Cámara Penal de aquella jurisdicción, que había sido destituida en enero de 2006 mediante juicio político por la Legislatura local.

    El Máximo Tribunal hizo lugar a un recurso de amparo presentado por la magistrada contra la Provincia, a fin de que se anule la sentencia que dispuso su destitución, y entendió que ese desplazamiento afectó la garantía de inamovilidad de los jueces.

    Según el voto de la jueza de la Corte Claudia Sbdar, al que adhirió la mayoría, la magistrada fue removida de su cargo por reprochársele decisiones que resultan de una determinada interpretación de la ley regulatoria de la ejecución de las penas privativas de libertad.

    “La subsunción de los precisos hechos atribuidos a Freidenberg revela por sí misma que su remoción es consecuencia de una determinada postura interpretativa acerca de lo estipulado por el art. 166 de la ley nacional 24.660; cuyo negligente y reiterado apartamiento dio lugar a la acusación y posterior destitución”, señaló.

    Agregó que las razones dadas por el Tribunal de Enjuiciamiento están presididas por un distinto criterio hermenéutico en torno al tratamiento de los penados privados de libertad, “lo cual resulta por sí mismo insuficiente para evidenciar afectación del desempeño de la función judicial”. 

    “La remoción fundada exclusivamente en una distinta interpretación de la ley aplicada afecta de manera directa e inmediata la garantía de inamovilidad de los jueces… La efectiva vigencia de esta garantía impide considerar que el incumplimiento de los deberes a cargo de un magistrado -con la gravedad que supone la causal de destitución- resulte únicamente de un diferente criterio en la interpretación y aplicación de una ley”, aseguró.

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