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    Resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en causa 46616/2016 “ANDANESE, Walter Leonardo y STATELLA, Daniel Alejandro s/ recurso de casación”

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de dos imputados acusados de provocar la muerte de una menor de edad por suministro de estupefacientes. 
     
    La decisión fue dictada con los votos de los doctores Gustavo M. Hornos, al que adhirieron los doctores Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, como vocales, y confirmó la sentencia condenatoria en la que se les impuso a los condenados W. Andanese y D. Statella la pena de seis años y seis meses de prisión por suministrarle estupefacientes a la víctima que la condujeron finalmente a su muerte.  
     
    En el voto que lideró el acuerdo, el juez Gustavo M. Hornos, entendió que se encontró debidamente acreditado que los acusados, en forma sucesiva, le suministraron dosis de MDMA y cocaína a la víctima, quien también había ingerido alcohol, lo cual generó un cóctel explosivo en el interior de su cuerpo que le causó la muerte.
     
    En particular, se entendió que el acusado Statella le suministró sustancias estupefacientes en el interior del boliche bailable del cual era uno de los dueños –llamado “Loop”-, a sabiendas de que la víctima era menor de edad -15 años al momento de los hechos-. A su vez, fue corroborado que en ese establecimiento se permitía, contrariamente a las normas reglamentarias, el ingreso de menores de edad y el consumo y suministro de estupefacientes en su interior, con anuencia y participación del mencionado Statella.
     
    Por otro lado, se logró confirmar que el acusado Andanese, quien resultó ser “relaciones públicas” del boliche en el que comenzaron los hechos fatídicos, invitó a la víctima a su hogar a la salida del boliche a fin de poder suministrarle drogas a cambio de obtener favores sexuales bajo un consentimiento viciado. Fue precisamente en su habitación donde la víctima, luego de la ingesta de cocaína, comenzó a convulsionar hasta su muerte. 
     
    El juez Hornos hizo especial hincapié en el desprecio por la vida ajena mostrada por los acusados, quienes abusaron de su posición de poder, de sus capacidades económicas para proveerle estupefacientes y, especialmente, de la situación de extrema vulnerabilidad en la que se encontraba inmersa la víctima –quien resultaba adicta a las drogas consumidas-, todo ello en pos de obtener réditos sexuales por parte de la menor de edad.  
     
    Finalmente, se confirmó la inhabilitación de Statella para ejercer el comercio en negocios de diversión por el doble de tiempo de la condena, así como también la pena de multa de ochenta unidades fijas.
     
    Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal
     
     
     
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