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    Villa Soldati: piden a la jueza Elena Liberatori que se pronuncie sobre su competencia

    Lo hizo el Tribunal Superior de Justicia porteño. Es porque, según ese cuerpo judicial, la magistrada “omitió” pronunciarse sobre un pedido de apartamiento que le había realizado la jueza contravencional María Cristina Nazar. Fallo completo

    En el marco de actuaciones iniciadas con motivo de la toma y ocupación del Parque Indoamericano, el Tribunal Superior de Justicia se pronunció hoy sobre la denuncia por “retardo y/o denegación de Justicia” presentada por el Fiscal Federico Villalba Díaz en los autos “Morales de Cortiñas Nora Irma y otros c/ GCBA s/ medida cautelar”, por haber omitido la jueza Elena Liberatori dar intervención a la Fiscalía y resolver sobre los pedidos de incompetencia y de inhibitoria solicitados, respectivamente, por el Fiscal y por la jueza en lo Penal, Contravencional y de Faltas a cuyo cargo se encuentra en trámite la causa por usurpación.

    El Tribunal, por mayoría, decidió ordenar a la titular del Juzgado Contencioso Administrativo Tributario Nº 4, Secretaría Nº 7, que se pronuncie en las mencionadas actuaciones “sin más trámite, dentro del horario hábil del día 21 del corriente” acerca de la inhibitoria requerida por la Jueza en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 26,  para luego “remitirlas de inmediato, a este Tribunal, si resuelve declararse competente, o al juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas, si dispone declararse incompetente.”

    De esta manera votaron los doctores Ana María Conde, Luis Lozano y el   Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas,  Dr. Jorge Franza, quien en esta oportunidad integró el Tribunal. En su voto conjunto, los doctores Conde y Lozano señalaron que en los hechos referidos la jueza no dio vista al Fiscal ni tampoco respondió al pedido de inhibitoria sino que, por el contrario, eludió aplicar el art. 26, inc. 7, de la ley 7 y continuó tomando disposiciones, pese a los pedidos concretos que requerían su apartamiento. En tal contexto, “no tratar en primer término la inhibitoria conduciría inevitablemente a violentar la organización que la CCBA y la ley 7 establecen para dirimir cuestiones de competencia entre jueces que pertenecen a los distintos fueros que integran el Poder Judicial de esta Ciudad” sostuvieron los magistrados como fundamento de su decisión.

    Por su parte y en minoría, la Dra Alicia Ruiz solicitó correr nueva vista al Fiscal General, en tanto el doctor José Osvaldo Casás propició entregar copias certificadas del expediente al Fiscal General y al de primera instancia, a efectos de que tomen conocimiento de  las actuaciones.


    Lunes 20 de diciembre de 2010

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