X
X
/
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X

    La Cámara Electoral coordinará la distribución de boletas en la provincia de Buenos Aires

    Lo dispuso este miércoles, mediante acordada. El tribunal asumió excepcionalmente la coordinación con el Correo oficial en las elecciones primarias del 14 de agosto. También señalaron la conveniencia de instrumentar un sistema de boleta única

    La Cámara Nacional Electoral -integrada por los jueces Rodolfo E. Munné, Santiago H. Corcuera y Alberto R. Dalla Via-, mediante una acordada extraordinaria firmada el día de hoy, dispuso asumir excepcionalmente -a través de su Secretaría de Actuación Electoral- la coordinación con el Correo oficial de la tarea de distribuir un mínimo de boletas por mesa de votación del distrito Buenos Aires, en virtud de la inmensurable cantidad de tareas que debe afrontar el Juzgado Federal con competencia electoral de ese distrito para la realización de los comicios primarios del corriente año.

    La Cámara destacó, no obstante, que la provisión de boletas de sufragio es, por mandato legal, responsabilidad primaria de las agrupaciones políticas que participan en la elección.

    Los jueces resaltaron que “[l]a boleta no es [...] un instrumento al servicio del partido, es la posibilidad física para que se exprese el ciudadano”, en tanto “constituye el elemento mediante el cual se exterioriza la voluntad del elector” y señalaron -como lo habían hecho ya en varias ocasiones- la conveniencia de evaluar la instrumentación de un sistema de boleta única por categoría, en el que se encuentre a cargo del órgano electoral su confección y suministro, de modo tal de poner a disposición del elector la totalidad de la oferta electoral.

    Recordaron asimismo que este sistema se encuentra vigente en nuestro derecho electoral federal, tanto para la emisión del voto de los electores privados de la libertad como de los argentinos residentes en el exterior, así como también existen previsiones al respecto en el ámbito del derecho electoral local.

    El Tribunal destacó, finalmente, que más allá del esfuerzo logístico que implica lo decidido, resultará indispensable que las agrupaciones políticas cuenten con fiscales en los locales de votación para reponer las boletas.-
               
     
                                                               Buenos Aires, 27 de julio de 2011.

    13
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones