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    Suspenden juicio contra un acusado por falso testimonio a cambio de que visite centros clandestinos de detención

    Lo dispuso el juez Martínez de Giorgi. Se trata de un ex marino que en un juicio se había referido a su sobrina desaparecida como que “andaba en algo raro”. Dijo el magistrado: “Tiene un desprecio por la investigación y una minimización de lo ocurrido”

    El juez Marcelo Martínez de Giorgi, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2, suspendió el juicio a prueba contra una persona acusada por falso testimonio, a cambio de que visite centros clandestinos de detención que funcionaran durante la última dictadura militar, a efectos de que “tome conocimiento y contribuir a una posible reflexión sobre la crueldad e ilegalidad de la actuación de las fuerzas armadas en aquella época”. La sentencia quedó firme.

    Las visitas deberán hacerse a la Escuela de Mecánica de la Armada, Automotores Orletti, Club Atlético, Olimpo, Virrey Ceballos, El Vesubio y también al Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado Parque de la Memoria.

    El imputado, Angel Esteban Valoy, un ex suboficial de la Armada, había sido procesado sin prisión preventiva en diciembre último luego de que en una audiencia del juicio oral por crímenes cometidos en “El Vesubio”, cuando se presentó a declarar como testigo y al ser interrogado por  circunstancias relacionadas con la desaparición de su sobrina, su esposo y el hijo de ambos, se había referido con el término “versiones de que andaban en algo raro”, habiendo sido luego reticente a contestar las reiteradas preguntas de las partes y del tribunal.

    En el proceso en su contra, el acusado había solicitado la suspensión del juicio a prueba y había ofrecido realizar tareas comunitarias en una parroquia por un año.

    Sin embargo, el magistrado consideró “razonable” la medida finalmente adoptada. “No es seguro que el señor Valoy pueda incorporar la información sobre la tortura, la desaparición, el sufrimiento, la conciencia sobre lo que es debido e indebido en una sociedad democrática basada en la justicia, pero más cierto es que no será sólo en la propuesta formulada por la defensa, donde hallará el mecanismo para acercarse al efecto dañino que produce su resistencia a contribuir al esclarecimiento de la verdad sobre los hechos”, aseguró.

    Con relación al término utilizado por el imputado, el magistrado señaló que “la producción de ese tipo de sentencias sociales para referirse a las víctimas de desaparición forzada, tales como ‘andaban en algo raro’, hablan por sí de mecanismos de lenguaje destinados a la justificación de los crímenes aberrantes que funcionan aún hoy como eximentes de responsabilidad internalizados para quien –como en este caso- debía haber sabido, en su condición de familiar y miembro de las fuerzas armadas, de la atroz ilegalidad de la actuación del aparato militar”.

    Y agregó que el contexto en que se desarrolló aquella audiencia, junto con la transcripción de su declaración, denotan una “continua renuencia” a colaborar con las investigaciones y ocultar lo que evidentemente conocía al respecto, escudándose detrás de frases tales como “huelgan las palabras acá”, “estos chicos andaban en algo raro”, “fugitivos de la ley o algo por el estilo”.

    El juez indicó que “al testificar en la audiencia, aquél pronunció una de esas muletillas justificantes, sin brindar al Tribunal el contenido social de la época atribuido al término ‘algo raro’”.

    “Resulta evidente que esa expresión se relaciona directamente con los mecanismos de lenguaje ‘falsificado’, que fue, y en algunos casos sigue siéndolo, utilizado por distintos actores frente a la sociedad, para referirse a quienes militaban en política en aquella época”, sostuvo.

    Resaltó que “la respuesta brindada por el acusado ha sido doblemente agraviante por su vínculo parental con las víctimas de desaparición forzada, su sobrina y esposo, y el hijo en vida de estos últimos, respecto de los cuales se solicitó su colaboración para la recreación de los hechos”.

    “De esa manera entorpeció el correcto funcionamiento de la administración de justicia, que procuraba evitar la errónea construcción de sucesos pasados, tan importantes como son los allí investigados, dada la relevancia que posee para el objeto procesal de las actuaciones la imprescindible recolección de la prueba testimonial y la verdad callada por el acusado, verdad de vital interés a los fines de avanzar en la recreación de conductas criminosas de tan antigua data”, afirmó.

    Y concluyó: “De todo ello, puede presumirse en aquél, un cierto desprecio sobre la investigación, como también una minimización en cuanto a la importancia y gravedad que revistieron los acontecimientos ocurridos durante la última dictadura militar, del que fueron víctimas, al igual que muchas otras personas, su sobrina, esposo, y el hijo de ambos”.

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 4/2024 - Ac. 4/2023 Autoridades de la Jurisdicción Feria enero 2024
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 283/2024 - Justificase inasistencia por enfermedad del dia 27.3.24 del Escribiente interino, Nicolas D. Del Negro.
    • 284/2024 - Se tiene presente licencia concedida por compensacion de feria trabajada en julio 2023, para los dias 2 y 3 de mayo del corriente año, a la Escribiente Auxiliar, Florencia Cecchini Zeller.
    • 379/2024 - Prórroga de licencia por art 23 del 4/4 al 26/5 de Ana Isabel Sanso Guerrero. Designaciones suplentes de Julieta Iparraguirre, Sandra Paola Poliak, Pablo alberto Goldfarb, Tomas Felix Martin y Herrera, Viviana Brenda Giannangeli y Maria Belen Mayoraz.